La denuncia del agente no supone la pérdida automática puntos, como se intenta hacer creer a los conductores.
LA PÉRDIDA DE PUNTOS POR SANCIONES DE TRÁFICO PUEDE EVITARSE O DEMORARSE HASTA DOS AÑOS.
Acogerse al descuento por pronto pago finaliza el procedimiento y, consecuentemente, deriva en pérdida instantánea de puntos.
Se está creando una innecesaria alarma social basada en la desinformación.
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Madrid, 11 de julio.- Tras una semana de implantación del nuevo sistema del permiso por puntos, se ha generado una gran alarma social. DVUELTA (Gestión de Recursos de Multas), asociación dedicada a la defensa de los conductores, denuncia que las Administraciones Públicas, y en especial la Dirección General de Tráfico, está transmitiendo a los conductores, a través de los medios de comunicación, la falsa idea de que los puntos se restan automáticamente con la formulación de una simple denuncia de tráfico. DVUELTA recuerda que para que los puntos se puedan restar del permiso de conducir, la Administración debe tramitar el oportuno procedimiento sancionador, y hasta que no se dicte una resolución firme, los puntos permanecerán en el permiso del conductor. Por lo tanto, si un ciudadano recurre sus multas podrá, en primer lugar, anular las denuncias, y en el peor de los casos, retrasar de uno a dos años la efectiva retirada de puntos del permiso, y hasta tres o cuatro, si se interpone recurso contencioso administrativo.
Por otra parte, DVUELTA quiere resaltar que la Dirección General de Tráfico no está cumplimentando correctamente las denuncias a los conductores ya que en el reverso de los nuevos impresos normalizados de denuncia se hace constar que el denunciado puede pagar con reducción del 30% el importe de la multa, pero no se indica que en tal caso el procedimiento finaliza automáticamente, y que el denunciado verá perdidos los puntos de forma automática; en ese caso, además, el supuesto ahorro queda anulado ya que habrá que desembolsar los alrededor de 200 euros que costará el curso para recuperar puntos.
La omisión de la información sobre la pérdida automática de puntos al pagar con 30% de descuento, fundamental en opinión de DVUELTA, lleva al equívoco a los conductores ya que se les incita al pronto pago para beneficiarse de una reducción económica sin que por otra parte se les indique el detrimento automático del crédito de sus puntos, y por consiguiente, el desembolso posterior para recuperar los mismos.
Por último, la mayoría de los Ayuntamientos no han incorporado a sus procedimientos de tramitación de expedientes sancionadores las previsiones contenidas en la nueva legislación. Las denuncias entregadas a los conductores no indican los puntos que se les pueden restar, a pesar de ser infracciones que, a tenor de la nueva Ley, llevan aparejadas pérdidas de puntos. Ello implica que en un trámite posterior la Administración no podrá restar los puntos, toda vez que la normativa exige que se notifique al denunciado desde el inicio del procedimiento la responsabilidad concreta a qué da lugar la comisión de la infracción denunciada.
Fuente:DVUELTA (Gestión de Recursos de Multas)
Nota:Agradecer a YOSOY por su aportación